Derechos de las Naciones Indias

Formulación del Derecho de las Naciones Indias por un teólogo

 Antonio Osuna, O.P

 La encomiable defensa de los indios que llevó a cabo Bartolomé de Las Casas estuvo inspirada por una doctrina  teológica que él formuló y a la que acudía para justificarse ante sus contradictores políticos y juristas. El hoy todavía recordado y elogiado como Protector de los Indios no fue un político, ni un propagandista, ni un cortesano intrigante, ni un alimentador de los odios antiespañoles, aunque estos sean  tópicos muy socorridos sobre su figura. Antes de iniciar su fascinante actuación pública nos trazó su ideario doctrinal y el norte que no perdería nunca en sus innumerables trabajos, viajes y escritos en un escrito que se titula Sobre el único modo de atraer a todos los pueblos a la verdadera religión. Este escrito, del que sólo conocemos una parte, es formalmente una obra de teología. En toda ella se trata de demostrar una sola tesis, a saber, que “la Providencia divina estableció una sola norma e idéntica para todo el mundo sobre cómo predicar a los hombres la verdadera religión, que es la persuasión del entendimiento por razones convincentes y la invitación delicada y respetuosa a su voluntad”. En esta proposición se resume la misión encomendada por Jesús a la Iglesia y la tradición cristiana acerca de la promulgación del evangelio. Las Casas conoce esa tradición y asombra el acervo de pruebas teológicas que recopiló para asentar su doctrina teológica.

Bartolomé de las Casas

Pero su teología no sería una teología académica, sino más bien una teología pastoral, que trata de captar las realidades en que se cumple la misión evangelizadora. La obra misionera que tenía encomendada la monarquía española se había cumplido  de un modo “totalmente contradictorio” con la esencia de la predicación evangélica. Siguiendo algunas teorías de humanistas y cortesanos, se había llegado a defender que la evangelización de los indios debía ir precedida de una guerra en que se les sometiera al emperador, se destruyera sus pueblos y autoridades y se procediera a incautarse de todos sus bienes con los que se pagarían a los encomenderos y se  financiara la obra de incorporarlos a la cristiandad. Existían en la sociedad española de entonces quienes sostenían que la política en las Indias debía, primero, hacer la guerra a los indios para someterlos y, posteriormente, predicarles la doctrina. La guerra contra los indios era aceptada como una misión divina, como decía el historiador  Gonzalo Fernández de Oviedo: “¿Quién puede dudar que la pólvora contra los infieles es incienso en honor de Nuestro Señor?”.

Al proceder a refutar estas doctrinas y demostrar la injusticia y tiranía de aquellas guerras de conquista, aunque se hicieran con el engañoso pretexto de transmitir una cultura superior y el conocimiento de una religión divina, se enuncian los principios de derechos naturales de las “naciones indias”. Quien para anunciar el evangelio y predicar la fe usa instrumentos tan infames “está contrariando el derecho natural”. Este derecho natural previo a la fe y que no pierde sus exigencias ni consistencia al llegar la fe, enuncia que los pueblos indios son verdaderos dueños de sus tierras, bienes y productos de su trabajo, de los que no pueden ser desposeídos por ninguna razón religiosa ya vengan del Emperador o del Romano Pontífice. Y sus autoridades naturales usan de un legítimo poder, del que no se les puede despojar por el conquistador bajo ningún pretexto de transmitir bienes de civilización o de religión. Y los ciudadanos de esos pueblos son seres humanos libres con capacidad para decidir su futuro y sus creencias, hasta el punto de que imponerles a la fuerza una fe o un bautismo es violentar un principio de derecho natural humano. El principio doctrinal que él tenía como indiscutible y que inspiraba toda su actividad lo enunció así al frente de varios de sus tratados doctrinales: “Todos los infieles, de cualquier secta o religión que sean, o por cualesquiera pecados que tengan cuanto al derecho natural y divino y al que llaman derecho de gentes, justamente tienen y poseen señoríos sobre sus cosas que sin perjuicio de otro adquirieron. Y también con la misma justicia poseen sus principados, reinos, estados, dignidades, jurisdicciones y señoríos” (Tratado de las Doce Dudas, principio I).

Reducir los indios a esclavitud o a trabajos forzados para obtener bienes que disfrutarán los encomenderos o la hacienda real es una injusticia que clama a Dios y justifica sobradamente que aquellos indios odien y vituperen el evangelio de Cristo y se rebelen contra los opresores.

Es así como una elucubración de teología pastoral, que Las Casas llevará a cabo en el claustro monacal en que acababa de profesar, se prolonga en una investigación y consiguiente formulación de los derechos de los pueblos indios hecha a la luz de la fe y llevada a la práctica como una doctrina promulgadora de la libertad de los indios y del legítimo dominio sobre sus tierras, bienes y trabajos. Tenemos así enunciada la doctrina de la libertad religiosa casi dos siglos antes de la Carta de la Tolerancia de J. Locke, casi tres siglos antes del escrito Sobre la Paz Perpetua de I. Kant y cuatro siglos antes del Decreto sobre la libertad religiosa del Concilio Vaticano II. Estamos en presencia de una doctrina teológica sobre los derechos naturales de los pueblos indios a la que hoy todavía admiramos y celebramos su acierto.

Desgraciadamente, Las Casas no ha pasado a la historia por esta doctrina teológica sobre los derechos naturales de los pueblos indios. Para algunos es un historiador de todos los desmanes cometidos por los conquistadores en América, para otros es el testigo de la inhumanidad de la política indiana, para otros es un paranoico ensoñador de utopías irrealizables y, finalmente, para otros es un resentido contra los gobernantes y obispos posibilistas de su tiempo por los fracasos repetidos de sus empresas. Pero es una injusticia olvidar la idea central y el espíritu que animaba su vida, en la que ciertamente se dieron muchos desaciertos, intolerancias y falta de mensura y ecuanimidad. Sin embargo, no es legítimo detenerse sólo en detalles de su biografía e ignorar la fuerza vital y religiosa que la animaba y tras la que corrió durante toda su vida. Hoy podemos ofrecer una síntesis de todo su ideario en la obra Sobre el único modo de atraer a todos los pueblos a la verdadera religión, que fue desconocida hasta que descubrió un manuscrito de la misma, si bien incompleto, D. Nicolás León en 1889 en la Biblioteca Pública del Estado de Oaxaca. Los historiadores actuales han dado el debido relieve a la doctrina que se contiene en ella, que dirigió la azarosa vida de Las Casas y que podemos calificar como una doctrina teológica modélica sobre los derechos naturales de las personas y de los pueblos indios.