DIRECTORIO NACIONAL DE LAS FRATERNIDADES SEGLARES

DE STO. DOMINGO

 

 

Carta de aprobación del Directorio por la JIP [1]

 

PRIMERA PARTE

La vida de los hermanos

CAPÍTULO I: LA COMUNIÓN FRATERNA

    De las Fraternidades

    Las reuniones de la Fraternidad

    Secciones y grupos

CAPÍTULO II: VIDA ESPIRITUAL

CAPÍTULO III: DE LA FORMACIÓN

CAPÍTULO IV: ACCIÓN APOSTÓLICA

CAPÍTULO V: DE LOS NUEVOS HERMANOS

    La admisión

    Tiempo de experiencia

CAPÍTULO VI: HERMANOS NO VINCULADOS A UNA FRATERNIDAD

CAPÍTULO VII: DERECHOS Y DEBERES DE LOS HERMANOS

CAPÍTULO VIII: EXCLUSIÓN DE LOS HERMANOS

CAPÍTULO IX: CAMBIO DE FRATERNIDAD Y SALIDA DE LA ORDEN

SEGUNDA PARTE

Régimen de las fraternidades

CAPÍTULO X: ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA FRATERNIDAD Y ELECCIÓN DE CARGOS

CAPÍTULO XI: EL RÉGIMEN PROVINCIAL

CAPÍTULO XII: EL RÉGIMEN NACIONAL

    El Consejo Nacional

    Composición del Consejo Nacional

    El Comité Ejecutivo permanente

    La asamblea nacional

    Contribución económica

CAPÍTULO XIII: ACUERDOS Y ELECCIONES

APÉNDICES

APÉNDICE I

APÉNDICE II

APÉNDICE III

APÉNDICE IV

APÉNDICE V

 

 

 

PRIMERA PARTE

 

La vida de los hermanos

 

CAPÍTULO I: LA COMUNIÓN FRATERNA

 

De las Fraternidades.

 

Los laicos dominicos somos personas, que compartimos el mismo carisma y misión que Santo Domingo de Guzmán. Lo realizamos desde y en nuestra vida diaria, en el mundo y en los quehaceres de todos los días.

Nos sentimos llamados a ser esa luz del mundo y esa sal de la tierra de la que nos hablaba Jesús, no por nuestros méritos, sino por voluntad del mismo Señor. Y realizamos nuestro trabajo y nuestra misión como Iglesia, inspirados en el carisma dominicano.

Como Orden Seglar Dominicana, somos una rama de la Familia Dominicana, compuesta, además por frailes, monjas de vida contemplativa, hermanas de vida apostólica y fraternidades sacerdotales. Queremos ser la presencia del mundo en la Orden, y la presencia de la Orden en el mundo.

Tomado en un sentido más elemental, una Fraternidad de laicos dominicos es un espacio donde convergen personas que desean compartir juntos un camino buscando vivir su fe en comunidad, un espacio donde compartir inquietudes y retos como ciudadanos de este nuevo siglo, una comunidad que pretende integrar fe y vida en su caminar de cada día, un espacio en donde recibir una mejor formación doctrinal para profundizar y madurar en su fe.

 

A manera de conclusión: la Iglesia necesita de familias diversas y con diversos carismas, para diversas tareas. Por eso los laicos dominicos debemos enfrentar el complejo mundo de hoy con un nivel de formación adecuado que nos permita el debate filosófico y teológico, los desafíos de la ciencia en su relación con la fe, la noble lucha por los derechos de la persona humana, el reto del ateísmo y de las sectas, los problemas de la riqueza y la pobreza, los medios de comunicación, las cuestiones políticas, la economía de la sociedad imperante, etc.

 

Esto exige actuar desde la reflexión y la conciencia clara de una misión que no puede defraudar. Excluye, por ello, la superficialidad y la ambigüedad como forma de situarse ante la vida.

 

Las reuniones de la Fraternidad.

 

Cada Fraternidad dispondrá libremente los días y horas de las reuniones, siendo aconsejable que haya al menos dos reuniones mensuales.

 

Desarrollo de las reuniones: deberá existir un equilibrio entre oración, formación y misión. Cada Consejo de la Fraternidad, oída la asamblea, determinará la alternancia y el contenido de sus reuniones. Dentro del horario que cada Fraternidad determine se sugiere el siguiente esquema:

 

-          Oración de encuentro, de acogida, en ella hemos de recordar a nuestros  difuntos/as y a la Orden.

-          Tiempo para compartir vivencias personales.

-          Tema: oración, estudio o misión.

-          Planificación de las actividades futuras.

-          Etc.

 

Cada Fraternidad tendrá en cuenta la celebración de, al menos, una Eucaristía (una vez) al mes, así como la asistencia de todos los miembros a un retiro anual.

 

Secciones y grupos.

 

Pueden constituirse en las Fraternidades secciones integradas por hermanos: con ideas e inquietudes espirituales o apostólicas comunes, como también secciones de estudio, de oración, de espiritualidad, de catequesis, de obras de caridad...

 

Si se considera excesivo el número de miembros de una sección, ésta puede subdividirse en otros grupos.

Las secciones o sus grupos procurarán reunirse, al menos, una vez al mes.

 

CAPÍTULO II: VIDA ESPIRITUAL

 

Los Dominicos Seglares se esforzarán en el cultivo de su vida espiritual personal.

 

Deberán  procurar la adquisición de un ritmo diario en la práctica de ciertos medios de santificación. (cfr. Regla, 10)

 

La vocación comunitaria de los Dominicos Seglares ha de llevarles a valorar y realizar las celebraciones litúrgicas en común, unas veces en el seno de la Fraternidad, otras compartiéndolas con los otros grupos de la Familia Dominicana.

 

Cuando acontezca el fallecimiento de un miembro de la Fraternidad:

 

1.       Se comunicará a los hermanos para que puedan asistir a los funerales.

2.       Se celebrará una misa por el alma del hermano.

3.       Se recomienda que los hermanos participen en la Eucaristía que la Orden celebra en los tres aniversarios por los difuntos.

 

CAPÍTULO III: DE LA FORMACIÓN

 

La vida y el apostolado de los Dominicos Seglares exigen una formación sólida y progresiva. El lugar privilegiado para la formación doctrinal, espiritual y dominicana debe ser la Fraternidad.

 

Entre los medios formativos, dentro del carisma dominicano, debe ocupar un puesto especial el estudio. (cfr. Regla 11-13)

 

CAPÍTULO IV: ACCIÓN APOSTÓLICA

 

Cada Fraternidad podrá asumir libremente una acción apostólica común, en conformidad con nuestra vocación dominicana, atendiendo a los signos de los tiempos,  (y) sin olvidar la colaboración con las otras ramas de la Familia Dominicana, en la que todos los miembros de la Fraternidad participarán activamente.

Cada miembro de la fraternidad, de acuerdo con este mismo espíritu, ejercerá también una actividad apostólica personal.

 

CAPÍTULO V: DE LOS NUEVOS HERMANOS

 

La admisión.

 

Para ser admitido en una Fraternidad Laical Dominicana se requiere que el candidato tenga las siguientes condiciones y cualidades:

 

-          Edad mínima 18 años.

-          Estar ya comprometido en la vivencia de su fe cristiana.

-          Ser capaz de asumir las exigencias de la formación dominicana que se propongan y asimilarlas.

-          Querer verdaderamente transformar su entorno a la luz del Evangelio.

-          Aceptar libremente entrar en comunión con el modo de ser dominicano y su espiritualidad.

-          Estar libre de compromisos con otros carismas congregacionales y corrientes espirituales.

 

El candidato será presentado por cualquier miembro de la Fraternidad al Consejo, el cual decidirá su admisión, contando siempre con el consentimiento del Promotor.

 

Tiempo de experiencia.

 

a)      Período de discernimiento.

 

Es necesario un período preparatorio previo a cualquier compromiso, a fin de dar al candidato el tiempo necesario para identificarse y familiarizarse con su posible orientación de vida, sus exigencias, posibles inconvenientes... Es un período de discernimiento personal y comunitario.

 

Tanto las personas que solicitan integrarse a la Fraternidad, como los componentes de ésta, deberán ser y sentirse libres para hacer de ese período un verdadero acto de fidelidad a la voluntad de Dios sobre ellos.

 

No se puede obligar a nadie a ingresar, ni se puede esperar que la Fraternidad dé su asentimiento, si estima que eso no es el espacio adecuado para el candidato (pueda planificar su vida). Siempre es necesario el consentimiento del Promotor.

 

b)      Plan de estudio.

 

Durante este período de discernimiento los aspirantes deben cumplir con el siguiente plan de estudio:

 

-         Conocer la vida de Santo Domingo.

-         Espiritualidad y carisma de la Orden Dominicana.

-         Documentos de la Orden.

-         Historia de la Orden y de la Provincia.

-         Integración y constitución de la Familia Dominicana.

-         Iniciación en el conocimiento y contemplación de la Palabra de Dios.

 

En el mismo serán acompañados por el Presidente de la Fraternidad o persona que el Consejo, a propuesta del Presidente, designe, y por el Promotor.

 

c)      Promesa.

 

Después de este período se procederá a asumir el compromiso con la Iglesia a través de la Orden Dominicana. El candidato emitirá su promesa formal de vivir según el espíritu de Santo Domingo, de acuerdo con la Regla y el Directorio de la Orden Seglar.

 

Este primer compromiso tendrá validez por tres años, renovable. El rito de la promesa lo decidirá el Presidente y el Promotor (Anexo IV).

 

Existirá un libro en la Fraternidad donde ha de quedar constancia de la admisión, la promesa y demás incidencias relacionadas con la Fraternidad, y cuya actualización correrá a cargo del secretario.

 

CAPÍTULO VI: HERMANOS NO VINCULADOS A UNA FRATERNIDAD

 

La admisión de un hermano a título privado, sin ser adscrito a ninguna Fraternidad, por tratarse de casos excepcionales, debe someterse al juicio de los superiores mayores.

 

Se requiere también razón suficiente, a juicio de los superiores mayores, para que el hermano vinculado a una Fraternidad pueda pasar a la situación de privado.

 

El hermano no vinculado a una Fraternidad depende directamente del Promotor Provincial.

Para que pueda ser incorporado este hermano a una Fraternidad necesita el consentimiento del Promotor Provincial y del Consejo de la Fraternidad.

 

La admisión y promesa del hermano no vinculado a una Fraternidad se inscriben en un libro especial que guardará el Promotor Provincial.

 

CAPÍTULO VII: DERECHOS Y DEBERES DE LOS HERMANOS

 

Los derechos de los comprometidos con la promesa como Seglares Dominicos son, entre otros:

 

-          Intervenir –incluso los de promesa temporal– con voz y voto en las asambleas generales y en todas las reuniones de la vida de la Fraternidad, a no ser que el Directorio señale otra cosa.

-          Los hermanos de promesa temporal pueden elegir, pero no pueden ser elegidos para los cargos de la Fraternidad, ni pueden ser delegados para ninguna instancia dentro de la Orden.

-          Beneficiarse de todos los bienes espirituales de la Orden durante la vida y, después de la muerte, de los sufragios de toda la Orden.

-          A la inhumación con el hábito de la Orden.

-          Recibir de la Fraternidad formación humana, espiritual y doctrinal, y a que con miras a la eficacia de su apostolado, se les ayude en el cultivo de los valores humanos, el diálogo y el ejercicio mismo de su apostolado.

 

Los deberes de los hermanos ya comprometidos por la promesa son, entre otros:

 

-          Vivir según la Regla y Directorio de los Dominicos Seglares.

-          Aceptar con espíritu de obediencia las disposiciones de los superiores.

-          Asimilar fielmente el carácter peculiar de la espiritualidad seglar de la Orden Dominicana.

-          Buscar con ahínco la santidad y perfección en las condiciones, ocupaciones y circunstancias de su vida.

-          Asistir a las reuniones generales de la Fraternidad y, de no poder hacerlo, solicitar la dispensa oportuna.

-          Mostrar el máximo interés por llevar a la práctica la vida de oración, privada y comunitaria, lo mismo que la formación permanente, a ser posible en comunión con los otros miembros de la Fraternidad.

 

CAPÍTULO VIII: EXCLUSIÓN DE LOS HERMANOS

 

La exclusión de un hermano de la Fraternidad, por culpa grave, y después de repetidas admoniciones de los superiores, ha de ser propuesta y sometida a votación secreta del Consejo Local. Si el resultado es positivo, al menos por dos tercios de los votos, se trasladará al Promotor Provincial, quien decidirá.

 

En caso de escándalo grave, incluso sin previa amonestación, puede ser despedido de la Orden Seglar.

 

En estos casos queda el legítimo recurso al Maestro General de la Orden, en el plazo de diez días.

 

CAPÍTULO IX: CAMBIO DE FRATERNIDAD Y SALIDA DE LA ORDEN

 

Para pasar de una Fraternidad a otra, se requiere causa justa y consentimiento del Consejo de la segunda Fraternidad.

 

El que desee dejar de pertenecer a la Orden Seglar de Santo Domingo, debe comunicarlo por escrito al Presidente de su Fraternidad, quien lo notificará a su Consejo, y comunicará al interesado que, desde ese momento, queda desvinculado de la Orden.

 

El hermano no vinculado con ninguna Fraternidad dará cuenta por escrito al Promotor Provincial de su decisión de salida de la Orden.

 

El cambio de Fraternidad o la salida de la Orden se registrará en el libro de admisiones y compromisos.

 

 

 

SEGUNDA PARTE

 

Régimen de las fraternidades

 

CAPÍTULO X: ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA FRATERNIDAD Y ELECCIÓN DE CARGOS.

 

El Consejo de cada Fraternidad deberá constar de un máximo de 12 y un mínimo de 6 miembros, más el Promotor religioso. De este modo se facilitará la comunión y la participación de todos.

 

La Fraternidad estará dirigida y animada por el Consejo, cuya máxima representación corresponderá al Presidente/a. La elección del Consejo se realizará mediante voto secreto por la Asamblea de la Fraternidad, y su duración será de tres años.

 

El Presidente será elegido por la Asamblea entre los miembros del nuevo Consejo, siguiendo el mismo procedimiento. Los miembros del Consejo designarán entre ellos al Vice-Presidente/a, Sercretario/a y Tesorero/a.

 

Promotor/a Religioso/a:

 

Tiene por finalidad:

 

-          Asistir doctrinal y espiritualmente a la Fraternidad.

-          Servir de nexo entre la Comunidad religiosa del Convento y la Fraternidad.

 

Presidente/a:

 

-          Es el animador/a y guía de la Fraternidad, y acompaña a los nuevos integrantes.

-          Promueve la vida fraterna, los valores de la Orden y la misión apostólica.

-          Puede dispensar por causa justa la asistencia a uno o más actos comunes. En caso de ausencia prolongada debe pedir el consentimiento del Consejo.

-          Debe ostentar la representación de la Fraternidad.

-          Convoca, preside y dirige las reuniones del Consejo y de la Asamblea general.

 

Vicepresidente/a:

 

-          Sustituye al Presidente/a en su ausencia y le ayuda en el servicio de la Fraternidad.

 

Secretario/a:

 

-          Lleva las actas de las reuniones, convoca a las mismas, recibe inquietudes y las comunica.

-          Lleva la correspondencia oficial.

-          Ingresa las inscripciones en el libro de admisiones y compromisos.

 

Tesorero/a:

 

-          Se ocupa de la parte económica, recaudación de fondos. El cómo y su uso será determinado por cada Fraternidad.

-          Llevará un libro de caja y presentará las cuentas cuando se lo soliciten.

 

CAPÍTULO XI: EL RÉGIMEN PROVINCIAL

 

El Consejo de Provincia.

 

El Consejo Provincial estará formado por el Promotor Provincial, el Presidente Provincial, los consejeros, elegidos en las votaciones efectuadas en cada Fraternidad de la Provincia, y el Presidente Provincial del anterior Consejo Provincial.

 

El número de consejeros variará según las Fraternidades existentes en la Provincia. Conviene que haya al menos un representante de cada una.

 

El Consejo estará compuesto por un Presidente/a, Vicepresidente/a, Secretario/a, Tesorero/a y los vocales elegidos. Estos cargos serán elegidos por voto secreto y su duración será de cuatro años.

Incumbe al Consejo Provincial:

 

-          Elegir al Presidente/a entre los representantes de las Fraternidades locales, así como los demás cargos.

-          Enviar una terna al Prior Provincial para el nombramiento de Promotor Provincial.

-          Estudiar el régimen económico para la aportación de las fraternidades, con el fin de cubrir los gastos necesarios.

-          Organizar convivencias entre los miembros de las distintas fraternidades de la Provincia.

-          Velar por el buen funcionamiento de las fraternidades de la Provincia.

-          Enviar propuestas tanto al Capítulo Provincial como al Capítulo General de los frailes.

 

Promotor Provincial:

 

Tiene por finalidad:

 

-          Participar con pleno derecho en el Consejo Provincial.

-          Visitar como mínimo una vez al año las fraternidades, promoviendo en ellas el carisma dominicano.

 

Presidente/a:

 

-          Representa a las fraternidades de la Provincia.

-          Convoca, preside y dirige el Consejo y Asamblea Provincial, que se efectuará al menos una vez al año.

-          Se interesa por la marcha de las fraternidades de la provincia, manteniendo contacto con los presidentes para intercambiar ideas.

-          Es elegido por cuatro años. Puede ser reelegido un nuevo cuatrienio, pero para un tercero consecutivo son necesarios los dos tercios de votos y confirmación del Promotor Provincial.

 

Vicepresidente/a:

 

-          Sustituye al Presidente/a en su ausencia y le ayuda en el servicio de las fraternidades.

 

Secretario/a:

 

-          Lleva las actas de las reuniones, convoca a las mismas, recibe inquietudes y las comunica al Presidente/a.

-          Lleva la correspondencia oficial, archivo y otros trabajos administrativos.

 

Tesorero/a:

 

-          Se ocupa de la parte económica de los fondos de la provincia.

-          Informa de la situación económica de las fraternidades, previa consulta a los consejeros locales.

-          Lleva el libro de caja y presenta las cuentas cuando se le solicita.

 

CAPÍTULO XII:RÉGIMEN NACIONAL

 

El Consejo Nacional.

 

El Consejo Nacional es un organismo de representación, de unión y de coordinación de las actividades e iniciativas de las Fraternidades erigidas en el territorio español.

 

Composición del Consejo Nacional.

 

El Consejo Nacional estará formado por los Presidentes y Promotores Provinciales.

 

El Consejo Nacional nombrará el Secretario y Tesorero, que lo serán a la vez del comité ejecutivo y de la Asamblea Nacional; cargos que pueden recaer sobre hermanos ajenos al Consejo.

 

Los Presidentes Provinciales designarán de entre ellos al Coordinador Nacional de Presidentes.

Los Promotores Provinciales igualmente designarán de entre ellos al que ha de ejercer la función de Coordinador Nacional de Promotores.

 

El cargo de uno y otro Coordinador será por cuatro años; en caso de cese en su provincia, se procederá a nueva designación de Coordinador.

 

También será por cuatro años el oficio de secretario y tesorero.

 

El comité ejecutivo permanente.

 

El comité ejecutivo permanente del Consejo Nacional lo forman el Coordinador de Presidentes y el Coordinador de Promotores, con el secretario, que desempeñarán su cometido en estrecha colaboración.

En el caso de que no haya acuerdo en el Comité ejecutivo, éste recabará el parecer sobre el asunto, por escrito, de los miembros del Consejo Nacional.

 

Ordinariamente el Consejo Nacional se reunirá, al menos, una vez al año; y con carácter extraordinario, cuando la índole, importancia o urgencia del asunto a tratar lo aconseje.

 

La iniciativa para convocar reuniones del Consejo Nacional podrá partir de cualquiera de sus miembros. El comité ejecutivo permanente, al que se enviarán los motivos, información y documentación precisa, ponderará los motivos que se alegan para ver si procede o no su tramitación.

 

Para la validez de las decisiones, por votación, del Consejo Nacional se requiere la presencia de cinco de sus miembros.

 

El Comité ejecutivo para llevar a cabo los acuerdos del Consejo Nacional se encargará de recabar la colaboración personal y hasta económica de las fraternidades.

 

La Asamblea Nacional.

 

Son miembros de la asamblea Nacional, además de los componentes del Consejo Nacional, dos delegados por cada provincia elegidos por las Asambleas Provinciales o en su defecto por el Consejo Provincial.

La Asamblea Nacional se reunirá cuando lo acuerde el Consejo Nacional.

 

Contribución económica.

 

El consejo Nacional determinará la contribución económica a aportar por cada Consejo Provincial para el mantenimiento de los organismos nacionales.

 

Los fondos nacionales económicos estarán depositados en cuenta corriente o libreta de ahorro, a nombre del Consejo Nacional, y con la firma reconocida del tesorero y uno de los dos Coordinadores del mismo Consejo.

 

CAPÍTULO XIII: ACUERDOS Y ELECCIONES

 

Para que una elección tenga valor jurídico han de estar presentes en ella, al menos, un tercio de los que deben ser convocados en la primera convocatoria. Si fallara la asistencia en la primera convocatoria, con un tiempo intermedio prudencial, se realizarán las votaciones con los presentes.

 

Cuando en una elección se requiera la mayoría absoluta de votos y distinto número de escrutinios, hay que atenerse a la norma siguiente: si después de dos escrutinios ineficaces no se ha obtenido la mayoría absoluta de los presentes con voto, se procederá a la nueva votación sólo sobre los dos candidatos que obtuvieron mayor número de votos, y si son más de dos los que han tenido el mismo número de votos, se elegirá entre los dos de más edad; y en caso de empate, queda elegido el más antiguo en la Orden Seglar.

 

 

 

APÉNDICES

 

Todos los apéndices son a modo orientativo, de forma que cada Fraternidad puede realizar lo que aquí se indica de modo diferente.

 

APÉDICE I: DESARROLLO DE LA REUNIÓN GENERAL

 

Preámbulo.

 

Las reuniones han de tener siempre una triple dimensión: orante, formativa e informativa.

 

Esquema:

 

1.        Oración en común. Sea la Eucaristía, celebración de la Palabra, una parte de la liturgia de las Horas (vgr. Vísperas) o Rosario.

2.        Sección informativa: Debe ser breve.

a.         El secretario: dará relación de los hermanos que han justificado su ausencia.

b.        Los presidentes de las comisiones o delegaciones: resumen de las actividades del mes, fallos, nuevos objetivos...

c.         El presidente de la Fraternidad: noticias relacionadas con la Fraternidad, la Familia Dominicana, la Iglesia. Consignas y avisos oportunos.

3.        Sección formativa:

a.         Breve comentario de algún tema o punto de la Regla o Directorio a cargo del presidente, promotor u otro hermano designado para el caso.

b.        Exposición de un tema formativo, dentro de un plan de formación para la Fraternidad previamente anunciado. Breve y claro.

c.         Coloquio dirigido o moderado por el presidente u otro hermano designado para ello.

d.        Intervención del promotor. Acaso no convenga su participación en el coloquio. Mejor que se reserve para este momento final a fin de puntualizar lo tratado y sacar las consecuencias prácticas para la vida espiritual y apostólica de los hermanos.

4.        Final. Un recuerdo y oración para los hermanos difuntos de toda la Familia Dominicana. Y un canto adecuado al tema tratado.

 

APÉDICE II: DESARROLLO DE LA REUNIÓN DEL GRUPO O SECCIÓN

 

1.        Oración comunitaria. Una parte de la liturgia de la Horas; una celebración de la Palabra o Rosario.

2.        Información. Sobre las incidencias personales y del grupo desde la reunión anterior para compartirlas.

3.        Exposición del tema, breve y clara. Conviene contar con un plan de formación para cada curso.

4.        Coloquio. Compartido por todos con libertad y respeto, sobre el tema expuesto. El secretario del grupo hará de moderador.

5.        Recapitulación y conclusión: en línea de lo tratado, a cargo del promotor o sacerdote invitado. En su ausencia, lo hará el presidente o el hermano al que se lo pida el grupo.

6.        Oración por los difuntos de toda la Familia Dominicana. Y cerrar la sesión con un canto dominicano o relacionado con el tema del día.

 

APÉDICE III: RITO DE ADMISIÓN EN LA FRATERNIDAD (Siempre fuera de la misa)

 

1.        En la sala de reuniones los candidatos, acompañados por el presidente, se situarán cara a la asamblea. Se entona un canto.

2.        El promotor saluda a los hermanos y acoge a los candidatos con estas o parecidas palabras: “Bienvenidos seáis, vosotros, miembros de la Fraternidad a compartir la alegría del ingreso de nuevos hermanos en nuestra Orden Seglar. Bienvenidos también, vosotros, los que habéis sentido la llamada a participar de la vida y misión dominicanas y aquí estáis con el ánimo preparado para responder al proyecto que se os brinda desde el carisma dominicano.

Procedamos, pues, a la admisión dentro de nuestra Fraternidad de N.N” (señala a cada uno de los miembros)

3.        El promotor pregunta: “¿Qué pedís?”

Uno de los candidatos, en nombre de todos, responde con estas o parecidas palabras: “La misericordia de Dios y la vuestra.

Queremos que nos admitáis en la Fraternidad, para frecuentar vuestro trato y conocer así más de cerca vuestra vida cristiana, caridad mutua y celo apostólico, como seglares dominicos.

Ayudadnos con vuestras oraciones y ejemplos a seguir fielmente a Cristo, a fin de alcanzar la perfección evangélica, participando de la vida y misión de la Orden”.

4.        El promotor, seguidamente, recita esta oración: “Señor, atiende los deseos y las súplicas de estos hermanos que anhelan incorporarse a la Familia Dominicana, sé propicio con ellos y concédeles encontrar en nuestra Fraternidad el ambiente de muto amor que estimule y favorezca su respuesta a tu llamada. Por Jesucristo nuestro Señor”. Amén.

5.        Celebración de la Palabra:

a.         Proclamación de dos lecturas bíblicas adecuadas al acto.

b.         Alocución del promotor.

6.        Después de un breve silencio reflexivo, se inicia la oración de los fieles, dando opción a los presentes a participar en ella.

La cerrará el promotor con esta o semejante oración: “Señor, mira benigno y da fortaleza a estos nuevos hermanos en su empeño de seguir a Cristo, según el estilo de Santo Domingo, en nuestra Fraternidad de dominicos seglares; y reafírmanos a todos con tu gracia en la fidelidad a tu voluntad. Por Jesucristo nuestro Señor. Amén”.

7.        Los presentes se acercan a saludar a los nuevos hermanos, mientras se canta un himno dominicano.

 

APÉDICE IV: RITO PARA HACER LA PROMESA (Temporal o perpetua)

 

A.      Fuera de la misa.

 

1.        Los hermanos que van a hacer la promesa se sitúan en lugar visible. Y se inicia el acto con un canto adecuado al momento.

2.        El Promotor, teniendo a su derecha al presidente, saluda a los hermanos y explica brevemente el objeto del acto. Puede servirse de estas o parecidas palabras:

“Bienvenidos seáis todos, queridos hermanos. Vamos a ser testigos del gesto de entrega de estos hermanos, quienes, después del tiempo de experiencia en nuestra vida de dominicos seglares, lo quieren ratificar con su promesa libre y madura.

Procedamos, pues, a recibir la promesa de los hermanos que desean vivir según nuestra Regla y Directorio”.

3.        Celebración de la Palabra:

a.         Proclamación de dos lecturas bíblicas adecuadas al acto.

b.         Alocución del Promotor.

4.        Cada uno de los hermanos que van a hacer la promesa, leen, de rodillas, la fórmula de la promesa que figura en el Nº 14 de la Regla.

Y el Promotor añade inmediatamente, para cada uno: “El Señor, Padre benigno, te lo conceda con su gracia”.

5.        Cuando todos hayan leído la fórmula de la promesa, el Promotor dirá: “Oremos. Señor, te pedimos que mires misericordiosamente a estos hijos tuyos que, fundados en una fe viva y en una conciencia profunda de su Bautismo, han prometido vivir a ejemplo de Santo Domingo, según las normas de su Orden Seglar. Por Jesucristo nuestro Señor. Amén”.

6.        Si se trata de la promesa temporal, bendice el escapulario o insignia de la Orden el Promotor, quien se la pasa al Presidente para que se la imponga a los hermanos, mientras el Promotor dice: “Recibe, hermano, el escapulario o insignia de nuestra Orden, como signo de amor materno que hacia nosotros tiene la Virgen, bajo cuya protección tendrás en vida segura defensa contra los peligros del alma y cuerpo, y valioso amparo y refugio en la hora de la muerte”.

7.        Sea la promesa temporal o perpetua, el Presidente entrega un ejemplar de los Estatutos a cada uno de los que la han emitido, a la vez que le dice: “Recibe nuestros Estatutos, para que la observancia fiel de sus normas te lleven a la perfección de la caridad”.

8.        Ahora, si procede, se hace la oración de los fieles.

9.        Terminado el acto, los presentes saludan a los que han emitido el compromiso.

 

B.      Dentro de la misa.

 

1.        Se realiza todo lo dicho para el rito fuera de la Misa, salvo el n. 4. a.

El rito se comienza después de la lectura del Evangelio.

2.        Los hermanos no se acercarán a felicitar a los que han formalizado su promesa hasta el final de la celebración eucarística.

 

C.      Rito simultáneo de admisión y promesa.

 

1.        Como el nº 1 del rito de la promesa fuera de la Misa.

2.        Como el nº 2 del rito de la promesa, añadiendo referencia también a los que van a ser admitidos.

3.        Como el nº 3 del rito de la promesa.

4.        Para la admisión: como el nº 4 del rito de admisión.

5.        Para la promesa: como en los 4º 4 al 8 del rito de la promesa.

6.        Oración de los fieles (facultativa)

7.        Terminado el acto, los hermanos felicitan a los nuevos hermanos y a los que han emitido la promesa.

 

APÉDICE V: LIBRO DE ADMISIÓN Y DE LA PROMESA

 

En el capítulo V del Directorio se hace referencia a este libro que obligatoriamente debe existir en toda Fraternidad.

 

A ser posible, debiera optarse por el modelo de libro apaisado, con las páginas divididas en seis columnas, en las que se realice la inscripción personal por este orden:

 

En la columna:

 

1ª. Nombre y apellidos, edad y estado.

2ª Día, mes y años en que fue admitido por el Consejo.

3ª Día, mes y años de la ceremonia de admisión; nombre y apellidos del Promotor o, en su caso, del que haya hecho sus veces en la admisión; firmas del interesado y dos testigos.

4ª Día, mes y años de la promesa temporal; nombre y apellidos del Promotor y del Presidente o, en su caso, de los que han hecho las veces de ambos en la ceremonia de promesa; firmas del interesado y de dos testigos.

5ª La promesa perpetua con los requisitos indicados en el párrafo anterior.

6ª es ésta, se registra, en su día, el fallecimiento y, si tuviese lugar, la baja de la Orden, indicando si es por solicitud espontánea o por expulsión, o por el transcurso del tiempo sin emitir la promesa temporal o perpetua, sin causa que lo justifique, así como la baja de la Fraternidad por haber pasado legítimamente a otra o por expulsión de la misma.

 

A cada hermano déjese suficiente número de líneas para efectuar cómodamente las inscripciones con las firmas requeridas.

 

 

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12 junio 2005
A LAS FRATERNIDADES DE LA ORDEN SEGLAR DE SANTO DOMINGO EN LA PENÍNSULA IBÉRICA

En el encuentro de la JIP en el convento de Santo Domingo, en Ocaña (Toledo), el día 28 de mayo de 2005, dimos nuestra aprobación al Directorio de las Fraternidades Seglares de Santo Domingo.

Desde aquí expresamos nuestro deseo de que estas fraternidades se vean enriquecidas con nuevos hermanos y sigan manteniendo viva y con entusiasmo la espiritualidad de Santo Domingo en medio de sus ocupaciones y compromisos.

Muy cordial y fraternalmente:

Fr. César Valero Bajo, OP
Presidente JIP