Funciones del Capítulo Provincial
Además de elegir al provincial corresponde al capítulo: determinar la legislación
propia de la provincia y hacer ordenaciones acerca de la vida de los frailes, de
la formación, del régimen de los conventos, de la economía y del régimen de la misma
provincia. También ha de organizar la vida y el apostolado de la totalidad de la
provincia para los cuatro años siguientes. Igualmente, ha de elegir los consejeros
de provincia y los representantes de ésta en el capítulo general. En todas estas
decisiones queda a salvo el derecho del Maestro de la Orden de aprobar o reprobar
lo acordado con lo que se realiza el principio de subsidiariedad,
que rige en toda la Orden.
Texto: Fr. Luis García Matamoro OP
Logo del Capítulo: Fr. Félix Hernández Mariano OP